Recuerda que si tienes un animal de compañía es obligatorio cumplir con el Reglamento Municipal
Desde el Ayuntamiento de Velilla, a través de la concejalía de Medio Ambiente y Sanidad queremos recordar a las vecinas y vecinos la necesidad de cumplir con el Reglamento Municipal Regulador de la Tenencia, Control y Protección de Animales, actualmente en vigor:
Animales sueltos
Las mascotas no pueden ir sin correa, y siempre deberán ir a cargo de una persona responsable. Es obligatorio ejercer sobre los animales la adecuada vigilancia y evitar su huida.
- Zonas naturales protegidas: entre otras figuras de protección, cabe señalar que todo el término municipal de Velilla de San Antonio se sitúa dentro del Parque Regional del Sureste, además de pertenecer a la Red Natura 2000, por lo que no se debe molestar a la fauna que habita en los espacios naturales. Además, la Ley de Bienestar Animal recoge que está prohibido dejar animales sueltos o en condiciones de causar daños en espacios naturales protegidos.
- Zonas urbanas: en toda la zona urbana está prohibido que las mascotas vayan sueltas y sin persona responsable, excepto en los espacios especialmente habilitados por el Ayuntamiento.
- Zonas urbanas permitidas: los perros podrán estar sueltos en las zonas de recreo caninas habilitadas por el Ayuntamiento. También podrán estar sueltos en los parques en horario nocturno, a partir de las 21:00 horas desde el 22 de octubre al 21 de febrero y a partir de las 22:00 horas desde el 22 de febrero hasta el 21 de octubre. En ningún caso se permitirá el acceso de los perros a zonas específicas de recreo infantil.
Censo de animales
Se recuerda la obligación de identificar a los animales de compañía, perros o gatos, debiendo ser inscritos en el RIAC, Registro de Identificación de Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid. Posteriormente, se deberán inscribir en el Registro Municipal de Animales Domésticos de Compañía, en el plazo de tres meses desde su nacimiento o de un mes desde su adopción, debiendo estar en posesión de la documentación acreditativa correspondiente.
Deposiciones
Se recuerda la obligación de aquellas personas que paseen animales de compañía, de impedir que éstos depositen sus excrementos y orines en aceras, paseos, jardines y en general cualquier lugar de paso habitual de otras personas, procediendo en todo caso a la retirada o limpieza de aquéllos con productos biodegradables.
Para colaborar con esta tarea, el Ayuntamiento facilita, a los propietarios de perros censados, bolsas para recogida de excrementos y botellas para limpiar los orines.
Dicha medida viene recogida tanto en la Ley de Bienestar animal como en el artículo 26 del Reglamento Municipal de la Tenencia, Control y Protección de Animales Domésticos.
Durante los próximos meses se reforzará la vigilancia del cumplimiento de estas medidas.
Recordamos, que el incumplimiento de las normas, conlleva la imposición de multas de 500 euros a 10.000 euros.
En cualquier caso, el propietario de un animal será el responsable de los daños y perjuicios que éste ocasione.
Para más información se pueden consultar estas páginas.
https://www.colvema.org/riac.asp
Fuentes:
– Reglamento Municipal Regulador de la Tenencia, Control y Protección de Animales
– Ley 7/2023 de 28 de marzo, de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales
Fuente: Concejalía de Sanidad