La Alcaldesa de Velilla ha firmado el Decreto de modificación del Calendario Fiscal 2020 en el que se amplían los plazos de pago de los impuestos y tasas municipales
- Se amplía el periodo voluntario del pago del IBI, Sistema Especial de Pagos y Tasa de Aceras para ayudar a familias y autónomos a aliviar las cargas tributarias.
- Se bonifica al 100% la Tasa de Ocupación de Vía Pública de las terrazas de bares y restaurantes y del mercadillo.
El Ayuntamiento ha aprobado mediante Decreto de Alcaldía, el nuevo calendario fiscal para este año 2020 en el que se retrasan los plazos para el pago de los tributos municipales, para contribuir a paliar los efectos económicos que esta crisis está generando.
En este decreto se incluye además una bonificación del 100% de los recibos de la Tasa de Ocupación de Vía Pública con Terrazas para los bares y restaurantes de Velilla. Con esta medida, los propietarios de locales con terraza no tendrán que pagar este año ninguna tasa por la instalación de sus mesas y sillas.
Se ha incluido, además, una bonificación de un 100% en la cuota del segundo semestre en la Tasa de Ocupación de Vía Pública para los puestos del Mercadillo, para paliar las consecuencias del cese de actividad.
Por otro lado, el Decreto incluye la anulación de los recibos que se hayan emitido durante el periodo del Estado de Alarma por Tasas de Servicios (actividades educativas, culturales, deportivas…). En caso de que estos recibos hayan sido pagados, se devolverán de oficio.
Estas devoluciones de oficio, también se realizarán en aquellos casos en los que las entidades bancarias hayan cobrado recargos a los interesados en los recibos del IVTM hasta el 30 de abril, fecha en la que finaliza el periodo de pago voluntario de este impuesto.
El nuevo calendario fiscal queda de la siguiente forma:
IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA | |
Periodo voluntario | Hasta el 30 de abril |
PLAZO FRACCIONADO DOMICILIADO IBI 2020 (SEP) | |
2º plazo o fracción | 15 junio |
3º plazo o fracción | 15 agosto |
4º plazo o fracción | 15 octubre |
5º plazo o fracción | 15 noviembre |
6º plazo o fracción | 15 diciembre |
IMPUESTO SOBRE BIENES E INMUEBLES | |
Periodo voluntario | 1 junio – 31 julio |
Cargo de domiciliados* | 31 julio |
TASA DE ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE ACERAS | |
Periodo voluntario | 1 junio – 31 julio |
Cargo de domiciliados* | 31 julio |
TASA DE OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA CAJEROS AUTOMÁTICOS | |
Periodo Voluntario | 1 junio – 31 julio |
Cargo de domiciliados* | 31 julio |
* En todos aquellos casos en los que los contribuyentes opten por pagar los recibos dentro de los periodos voluntarios a través de transferencia bancaria o cualquier otro método admitido, y ya esté dentro de la relación de domiciliados para 2020, deberá ponerse en contacto con el Departamento de Recaudación para su exclusión de dicha relación.
Fuente: Ayuntamiento de Velilla de San Antonio, Concejalía de Hacienda