Bonificación IBI por instalación de sistema de energía fotovoltaica.
Trámites
IBI Bonificación
Información
Tendrán derecho a una bonificación del 40% sobre la cuota íntegra del impuesto, durante los tres periodos impositivos siguientes al del otorgamiento de la misma, los bienes inmuebles de naturaleza urbana, en los que se hayan instalado sistemas de energía fotovoltaica para el suministro eléctrico general de la vivienda, siempre y cuando:
• No se use exclusivamente para sistemas de climatización (aerotermia).
• La instalación haya sido realizada con carácter voluntario por el sujeto pasivo y no responda a las obligaciones derivadas de la normativa vigente.
Será de aplicación para equipos instalados desde el 1 de enero del 2020.
Una vez presentada la oportuna solicitud, será el técnico competente el que emita informe de idoneidad y homologación técnica de los colectores.
Todas las bonificaciones del Impuesto de Bienes Inmuebles, entrarán en vigor a partir del ejercicio siguiente al de solicitud.
No podrán favorecerse de ninguna bonificación aquellos contribuyentes que no tengan cumplidas sus obligaciones tributarias con este Ayuntamiento.
Plazo de presentación
Continuo
Formas de presentación
- A través de la Sede Electrónica (con certificado electrónico).
- De forma presencial en el Registro Municipal de lunes a viernes no festivos de 8:30 a 14:30 horas (sólo personas físicas). Solicitud.
- En los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación
Para tener derecho a esta bonificación los interesados deberán aportar:
- Escrito de solicitud.
- Fotocopia de los certificados de las instalaciones.
- Fotocopia de la escritura de propiedad de los inmuebles.
Normativa
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. (Norma Completa)
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Arts. 62, 73 y 74)
- Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (Impuesto nº 1) (Artículo 3.5)
Otros trámites
Campamentos Verano
Urbanos y deportivos
Censo Animales
Registro censal de animales domésticos
Domiciliación Impuestos/Tasas
Matrimonio Civil
Celebración matrimonio en el Ayuntamiento
Permiso Circulación y/o Conducción
Cambio domicilio vehículos y/o permiso de conducción
Reclamación por Daños
Sistema Especial de Pagos
Pago fraccionado del IBIU y Tasa Residuos
Solicitud Poda y Tala
Autorización técnico municipal
