Las ayudas tendrán un cuantía máxima de 200 euros mensuales siempre y cuando el alquiler sea superior a esta cantidad; si fuera inferior a esta cantidad, la subvención se abonará por el importe al que ascienda dicha renta mensual. Los arrendatarios deberán ser personas físicas, titulares de un contrato de arrendamiento de vivienda sujeto a la Ley de Arrendamientos Urbanos. La vivienda constituirá su residencia habitual y permanente. El plazo de solicitud está comprendido entre el día 21 de febrero y el 10 de marzo. Las solicitudes podrán presentarse, entre otras opciones, a través del servicio de Ventanilla Única del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio.
_x000D_En el Portal Vivienda de la Comunidad de Madrid se pueden consultar los requisitos y trámites a realizar, la cuantía de las ayudas y la documentación a presentar, así como obtener los impresos de solicitud.
Ayuntamiento de Velilla de San Antonio. Servicios Sociales





